Publicada D.O. 4 dic/998 - Nº
25168
Ley Nº 17.026
O N U
CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS DE
LUCHA CONTRA LA
DESERTIFICACION EN LOS PAISES AFECTADOS POR SEQUIA
GRAVE O DESERTIFICACION, EN PARTICULAR EN AFRICA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase la "Convención de Naciones
Unidas de Lucha contra la Desertificación de los Países
Afectados por Sequía Grave o Desertificación, en particular
Africa", suscrito en la ciudad de París, República de Francia, el
día diecisiete de junio de mil novecientos noventa y cuatro.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
3 de noviembre de 1998.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 16 de noviembre de
1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
DIDIER OPERTTI.
LUIS MOSCA.
JUAN CHIRUCHI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.