Publicada D.O. 8 ene/999 - Nº
25189
Ley Nº 17.050
APRUEBASE EL PROTOCOLO DE SAN
LUIS EN MATERIA DE
RESPONSABILIDAD CIVIL EMERGENTE DE ACCIDENTES DE
TRANSITO ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR,
SUSCRITO EN EL LUGAR Y FECHA QUE SE DETERMINAN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase
el Protocolo de San Luis en
Materia de Responsabilidad Civil Emergente de Accidentes de
Tránsito entre los Estados Parte del MERCOSUR, suscrito en la
ciudad de Potreros de los Funes, el día 25 de junio de 1996.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
1º de diciembre de 1998.
JAIME MARIO TROBO,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
Montevideo, 14 de diciembre de
1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
GUILLERMO STIRLING.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.