Publicada D.O. 12 ene/999 - Nº
25191
Ley Nº 17.051
CONVENCION DE VIENA SOBRE
RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS
NUCLEARES Y EL PROTOCOLO FACULTATIVO SOBRE JURISDICCION
OBLIGATORIA PARA LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
APRUEBASE LA ADHESION DE LA
REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República a
la Convención de Viena
sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, adoptada en Viena,
Austria, el 21 de mayo de 1963 y el Protocolo Facultativo sobre Jurisdicción
Obligatoria para la Solución de Controversias de la misma
fecha.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 1º de diciembre de 1998.
JAIME MARIO TROBO,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Montevideo, 14 de diciembre de
1998.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
JULIO HERRERA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.