Ley 17051

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Publicada D.O. 12 ene/999 - Nº 25191 Ley Nº 17.051 CONVENCION  DE  VIENA  SOBRE  RESPONSABILIDAD   CIVIL  POR  DAÑOS NUCLEARES Y EL PROTOCOLO FACULTATIVO SOBRE JURISDICCION OBLIGATORIA PARA LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS APRUEBASE LA ADHESION DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República a la Convención de Viena sobre Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, adoptada en Viena, Austria, el 21 de mayo de 1963 y el Protocolo Facultativo sobre Jurisdicción Obligatoria para la Solución de Controversias de la misma fecha.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 1º de diciembre de 1998. JAIME MARIO TROBO, Presidente. Martín García Nin, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA Montevideo, 14 de diciembre de 1998. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI. JULIO HERRERA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.