Publicada D.O. 26 abr/999 - Nº
25257
Ley Nº 17.082
APRUEBASE EL ACUERDO SOBRE
APLICACION DE LAS DISPOSICIONES
DE LA CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL
DERECHO DEL MAR SUSCRITO EN EL LUGAR Y
FECHA QUE SE DETERMINAN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo
sobre la Aplicación de las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar de 10 de diciembre de 1982, relativas a la conservación y
ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las
poblaciones de peces altamente migratorios, suscrito en la sede de
la Organización de las Naciones Unidas en Nueva York el 16 de enero
de 1996, así como la Declaración formulada por la República
Oriental del Uruguay.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
7 de abril de 1999.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 15 de abril de 1999.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
CARLOS Ma. OLARREAGA.
JUAN CARLOS ROSALES.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.