Publicada D.O. 7 may/999 - Nº
25266
Ley Nº 17.087
WILMAR LOPEZ
CONCEDESE UNA PENSION GRACIABLE
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º..- Concédese una
pensión graciable al señor Wilmar López equivalente a cuatro
salarios mínimos nacionales.
Artículo 2º..- La erogación
resultante será atendida por Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 13 de abril de 1999.
ARIEL LAUSAROT PERALTA,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 28 de abril de 1999.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
YAMANDU FAU.
JUAN ALBERTO MOREIRA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.