Publicada D.O. 26 may/999 - Nº
25278
Ley Nº 17.096
CONVENCION INTERNACIONAL CONTRA EL
RECLUTAMIENTO,
LA UTILIZACION, LA FINANCIACION Y EL ENTRENAMIENTO
DE MERCENARIOS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase la adhesión de la República a
la Convención
Internacional contra el Reclutamiento, la Utilización, la
Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios, suscrita el 20 de
noviembre de 1990.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
4 de mayo de 1999.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 16 de mayo de 1999.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
GUILLERMO STIRLING.
JUAN LUIS STORACE.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.