Publicada D.O. 31 may/999 - Nº
25281
Ley Nº 17.100
APRUEBASE EL ACUERDO ENTRE LA
REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
Y LA UNION LATINA RELATIVO A LOS PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
DE LA OFICINA DE LA UNION LATINA DEL URUGUAY,
SUSCRITO EN LA CIUDAD DE PARIS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Apruébase el Acuerdo entre
la República Oriental del Uruguay y la Unión Latina Relativo a los
Privilegios e Inmunidades de la Oficina de la Unión Latina en el
Uruguay, suscrito en la ciudad de París, el 30 de octubre de
1991.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
4 de mayo de 1999.
HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
MARIO FARACHIO,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 16 de mayo de 1999.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI.
GUILLERMO STIRLING.
LUIS MOSCA.
JUAN LUIS STORACE.
YAMANDU FAU.
ANA LIA PIÑEYRUA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.