Publicada D.O. 10 set/999 - Nº
25354
Ley Nº 17.161
AUTORIZASE A LOS EFECTIVOS DEL
REGIMIENTO DE CABALLERIA MECANIZADO Nº 7, CON ASIENTO EN LA CIUDAD
DE RIO BRANCO,
QUE SE DETALLAN, A CONCURRIR A LA CIUDAD DE YAGUARON,
REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, A EFECTOS DE
PARTICIPAR EN EL ACTO CONMEMORATIVO
DE LA INDEPENDENCIA DE DICHO PAIS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Autorízase
a los efectivos del Regimiento de Caballería Mecanizado Nº 7, con
asiento en la ciudad de Río Branco, que a continuación se detallan:
Banda de Músicos, Banderas y Escolta (tres Oficiales y cuatro
Personal Subalterno), una Sección (un Oficial y veinte Personal
Subalterno con armamento individual) y un vehículo liviano para
integrar el Estado Mayor, a concurrir a la República Federativa del
Brasil, ciudad de Yaguarón, a efectos de participar en el acto
conmemorativo de la independencia de dicho país, que se realizará
el día 7 de setiembre del corriente año.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 18 de agosto de 1999.
ARIEL LAUSAROT PERALTA,
Presidente.
Martín García Nin,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 27 de agosto de
1999.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
SANGUINETTI.
JUAN LUIS STORACE.
GUILLERMO STIRLING.
DIDIER OPERTTI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.