Ley 17201

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Publicada D.O. 30 set/999 - Nº 25368 Ley Nº 17.201 CONCEDASE UNA PENSION GRACIABLE AL PROFESOR AMADO CHIHAN Y OTRA A LA SEÑORA OLGA DEL GROSSI El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable al profesor Amado Chihan y otra a la señora Olga Del Grossi, equivalentes a cuatro salarios mínimos nacionales cada una. Artículo 2º.- La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 13 de setiembre de 1999. HUGO FERNANDEZ FAINGOLD, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 23 de setiembre de 1999. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. SANGUINETTI. YAMANDU FAU. LUIS MOSCA. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.