Publicada D.O. 7 set/000 - Nº
25597
Ley Nº 17.255
AUTORIZASE LA SALIDA DEL PAIS DE LOS
EFECTIVOS DEL REGIMIENTO
DE CABALLERIA MECANIZADO Nº 7 DEL EJERCITO NACIONAL, CON
ASIENTO EN LA CIUDAD DE RIO BRANCO QUE SE DETALLAN,
PARA CONCURRIR A LA REPUBLICA FEDERATIVA DEL
BRASIL, CIUDAD DE YAGUARON
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Autorízase la salida del país de los
efectivos del Regimiento de Caballería Mecanizado Nro. 7 del
Ejército Nacional, con asiento en la ciudad de Río Branco, que a
continuación se detallan: Banderas y Escolta compuesta por 3 (tres)
señores Oficiales y 4 (cuatro) Personal Subalterno, una Sección
compuesta por 1 (un) señor Oficial y 20 (veinte) Personal
Subalterno, con armamento individual, Banda Lisa compuesta por 6
(seis) Personal Subalterno y un vehículo liviano para integrar el
Estado Mayor de la Fuerza compuesto por 1 (un) señor Oficial y 3
(tres) Personal Subalterno, para concurrir a la República
Federativa del Brasil, ciudad de Yaguarón, a efectos de participar
en los festejos correspondientes a la conmemoración de la
Independencia del mencionado país, el día 7 de setiembre del
corriente año, regresando el mismo día.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
2 de agosto de 2000.
LUIS HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 30 de agosto de
2000.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
LUIS BREZZO.
GUILLERMO STIRLING.
DIDIER OPERTTI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.