Publicada D.O. 25 set/000 - Nº
25609
Ley Nº 17.259
ARGENTINA - URUGUAY
CONVENIO DE COOPERACION
CULTURAL
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural entre el
Gobierno de la República y el Gobierno de la República Argentina,
firmado en Buenos Aires, el 16 de marzo de 1998.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 16 de agosto de 2000.
WASHINGTON ABDALA,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 19 de setiembre de
2000.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
GUILLERMO VALLES.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.