Publicada D.O. 5 oct/000 - Nº
25617
Ley Nº 17.269
APRUEBASE LA RENDICION DE CUENTAS Y
BALANCE DE EJECUCION
PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 1999
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase la
Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal
correspondiente al ejercicio 1999, con un resultado deficitario de
ejecución presupuestaria de $ 8.327.274.000,00 (pesos uruguayos
ocho mil trescientos veintisiete millones doscientos setenta y
cuatro mil), según los estados demostrativos y auxiliares que
acompañan a la presente ley y que forman parte de la misma.
Artículo 2º.- Otórgase una
partida anual en el Grupo 0 "Servicios Personales" del Inciso 03
"Ministerio de Defensa Nacional" de $ 73.460.000,00 (pesos
uruguayos setenta y tres millones cuatrocientos sesenta mil), a
valores de 1º de enero de 2000, a efectos de complementar la
retribución de sus funcionarios a partir del 1º de marzo de
2000.
Dicho importe incluye el sueldo anual complementario y los
aportes legales.
Dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, el Poder
Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Defensa Nacional y con el
informe previo de la Contaduría General de la Nación, efectuará la
distribución de la referida partida entre los cargos y funciones
contratadas del Inciso, dando cuenta a la Asamblea General. La
mencionada distribución se realizará de manera uniforme, tendiendo
a que el incremento represente un 3% para cada cargo ocupado o
vacante.
Artículo 3º.- Otórgase una
partida anual en el Grupo 0 "Servicios Personales" del Inciso 04
"Ministerio del Interior" de $ 66.156.000,00 (pesos uruguayos
sesenta y seis millones ciento cincuenta y seis mil), a valores de
1º de enero de 2000, a efectos de complementar la retribución de
sus funcionarios a partir del 1º de marzo de 2000.
Dicho importe incluye el sueldo anual complementario y los
aportes legales.
Dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, el Poder
Ejecutivo, a propuesta del Ministerio del Interior y con el informe
previo de la Contaduría General de la Nación, efectuará la
distribución de la referida partida entre los cargos y funciones
contratadas del Inciso, dando cuenta a la Asamblea General. La
mencionada distribución se realizará de manera uniforme, tendiendo
a que el incremento represente un 3% para cada cargo ocupado o
vacante.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
20 de setiembre de 2000.
ALEJANDRO ATCHUGARRY,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD
Montevideo, 28 de setiembre de
2000.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
MARCELO BRASCA.
GUILLERMO STIRLING.
DIDIER OPERTTI.
LUIS BREZZO.
ANTONIO MERCADER.
LUCIO CACERES.
SERGIO ABREU.
JUAN Ma. BOSCH.
HORACIO FERNANDEZ.
MARTIN AGUIRREZABALA.
ALFONSO VARELA.
CARLOS CAT.
JAIME TROBO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.