Ley 17269

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Publicada D.O. 5 oct/000 - Nº 25617 Ley Nº 17.269 APRUEBASE LA RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 1999 El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 1999, con un resultado deficitario de ejecución presupuestaria de $ 8.327.274.000,00 (pesos uruguayos ocho mil trescientos veintisiete millones doscientos setenta y cuatro mil), según los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley y que forman parte de la misma. Artículo 2º.- Otórgase una partida anual en el Grupo 0 "Servicios Personales" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" de $ 73.460.000,00 (pesos uruguayos setenta y tres millones cuatrocientos sesenta mil), a valores de 1º de enero de 2000, a efectos de complementar la retribución de sus funcionarios a partir del 1º de marzo de 2000. Dicho importe incluye el sueldo anual complementario y los aportes legales. Dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Defensa Nacional y con el informe previo de la Contaduría General de la Nación, efectuará la distribución de la referida partida entre los cargos y funciones contratadas del Inciso, dando cuenta a la Asamblea General. La mencionada distribución se realizará de manera uniforme, tendiendo a que el incremento represente un 3% para cada cargo ocupado o vacante. Artículo 3º.- Otórgase una partida anual en el Grupo 0 "Servicios Personales" del Inciso 04 "Ministerio del Interior" de $ 66.156.000,00 (pesos uruguayos sesenta y seis millones ciento cincuenta y seis mil), a valores de 1º de enero de 2000, a efectos de complementar la retribución de sus funcionarios a partir del 1º de marzo de 2000. Dicho importe incluye el sueldo anual complementario y los aportes legales. Dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio del Interior y con el informe previo de la Contaduría General de la Nación, efectuará la distribución de la referida partida entre los cargos y funciones contratadas del Inciso, dando cuenta a la Asamblea General. La mencionada distribución se realizará de manera uniforme, tendiendo a que el incremento represente un 3% para cada cargo ocupado o vacante.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 20 de setiembre de 2000. ALEJANDRO ATCHUGARRY, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL     MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS       MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL         MINISTERIO DE SALUD PUBLICA          MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO            MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD Montevideo, 28 de setiembre de 2000. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. MARCELO BRASCA. GUILLERMO STIRLING. DIDIER OPERTTI. LUIS BREZZO. ANTONIO MERCADER. LUCIO CACERES. SERGIO ABREU. JUAN Ma. BOSCH. HORACIO FERNANDEZ. MARTIN AGUIRREZABALA. ALFONSO VARELA. CARLOS CAT. JAIME TROBO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.