Publicada D.O. 21 nov/000 - Nº
25648
Ley Nº 17.276
FACULTASE AL MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
A EXTENDER LA COBERTURA DEL SEGURO POR DESEMPLEO
DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA METZEN Y
SENA S.A. EN LAS CONDICIONES
QUE SE ESTABLECEN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Facúltase al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura
del Seguro por Desempleo de los trabajadores de la empresa Metzen y
Sena S.A., afectados por la situación de la referida empresa, en
los términos, plazos y condiciones que establezca la
reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se
concedan en tanto se revierta la situación de dicha empresa.
Artículo 2º.- La ampliación
del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud
de las facultades que se conceden en el artículo anterior,
alcanzará a los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de
cobertura (artículos 7º y 10 del decreto-ley Nº 15.180, de 20 de agosto
de 1981), así como aquellos que aún continúen en el goce del
referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación
comenzará a regir, a partir del mes inmediato posterior al cese
respectivo del subsidio en todos los casos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
23 de octubre de 2000.
LUIS HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Hugo Rodriguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 4 de noviembre de
2000.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
ALVARO ALONSO.
ALBERTO BENSION.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.