Ley 17276

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Publicada D.O. 21 nov/000 - Nº 25648 Ley Nº 17.276 FACULTASE AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A EXTENDER LA COBERTURA DEL SEGURO POR DESEMPLEO DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA METZEN Y SENA S.A. EN LAS CONDICIONES QUE SE ESTABLECEN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del Seguro por Desempleo de los trabajadores de la empresa Metzen y Sena S.A., afectados por la situación de la referida empresa, en los términos, plazos y condiciones que establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de dicha empresa. Artículo 2º.- La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del decreto-ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981), así como aquellos que aún continúen en el goce del referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir, a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 23 de octubre de 2000. LUIS HIERRO LOPEZ, Presidente. Hugo Rodriguez Filippini, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Montevideo, 4 de noviembre de 2000. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. ALVARO ALONSO. ALBERTO BENSION. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.