Publicada D.O. 29 mar/001 - Nº
25736
Ley Nº 17.304
ESCLAVITUD Y TRATA DE ESCLAVOS
CONVENCION SOBRE LA ESCLAVITUD DE
1926, MODIFICADA EN LOS TERMINOS DEL
PROTOCOLO DE 1953 Y LA CONVENCION SUPLEMENTARIA SOBRE LA ESCLAVITUD
DE 1956
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébanse la Convención sobre la
Esclavitud de 1926, modificada en los términos del Protocolo de 1953 y la Convención
Suplementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, la Trata de
Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud
de 1956.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 7 de marzo de 2001.
GUSTAVO PENADES,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 2 de marzo de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.