Publicada D.O. 10 may/001 - Nº
25759
Ley Nº 17.326
APRUEBASE EL ACUERDO DE COOPERACION
EN EL CAMPO DEL
TURISMO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ORIENTAL
DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE ISRAEL,
SUSCRITO EN EL LUGAR Y FECHA QUE SE DETERMINAN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo de
Cooperación en el Campo del Turismo entre el Gobierno de la
República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Israel,
suscrito en Jerusalén el 22 de noviembre de 1994.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 18 de abril de 2001.
GUSTAVO PENADES,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 4 de mayo de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
GUILLERMO VALLES.
GUILLERMO STIRLING.
ANTONIO MERCADER.
HORACIO FERNANDEZ.
ALFONSO VARELA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.