Ley 17328

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Publicada D.O. 10 may/001 - Nº 25759 Ley Nº 17.328 EXONERASE POR ESTA VEZ DE LA SANCION DISPUESTA POR EL LITERAL A) DEL ARTICULO 21 DE LA LEY 16.241, A LOS PASIVOS QUE NO HUBIERAN VOTADO NI JUSTIFICADO SU OMISION EN FORMA, EN LAS PASADAS ELECCIONES REALIZADAS A FIN DE ELEGIR SU REPRESENTANTE ANTE EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Exonérase por esta vez de la sanción dispuesta por el literal A) del artículo 21 de la Ley Nº 16.241, de 9 de enero de 1992, a los pasivos que no hubieran votado ni justificado su omisión en forma, en las pasadas elecciones realizadas el 25 de marzo de 2001, a fin de elegir su representante ante el directorio del Banco de Previsión Social (BPS). Artículo 2º.- Las dependencias del Banco de Previsión Social abonarán sus haberes a los afiliados pasivos al mismo, sin necesidad de presentar constancia alguna de justificación de la no emisión del voto en las elecciones antes mencionadas, y sin necesidad de comprobante de multa expedido por las correspondientes Oficinas Electorales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 25 de abril de 2001. ALEJANDRO ATCHUGARRY, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DEL INTERIOR   MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES    MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS     MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL      MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA       MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS        MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA         MINISTERIO DE SALUD PUBLICA          MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA           MINISTERIO DE TURISMO            MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD Montevideo, 4 de mayo de 2001. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. ALVARO ALONSO. GUILLERMO STIRLING. GUILLERMO VALLES. ALDO BONSIGNORE. LUIS BREZZO. ANTONIO MERCADER. LUCIO CACERES. SERGIO ABREU. HORACIO FERNANDEZ. GONZALO GONZALEZ. ALFONSO VARELA. CARLOS CAT. JAIME TROBO. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.