Publicada D.O. 11 jun/001 - Nº
25780
Ley Nº 17.346
FACULTASE AL MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL A
EXTENDER LA COBERTURA DEL SEGURO POR DESEMPLEO
A LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA
POLIMEROS URUGUAYOS S.A.
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Facúltase al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura
del Seguro por Desempleo a los trabajadores de la empresa Polímeros
Uruguayos Sociedad Anónima, afectados por la situación de la
referida empresa, en los términos, plazos y condiciones que
establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los
beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de
dicha empresa. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrá
ejercer esta facultad hasta un plazo máximo de doce meses.
Artículo 2º.- La ampliación
del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud
de las facultades que se conceden en el artículo anterior,
alcanzará a todos los trabajadores que hayan agotado el plazo
máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto
de 1981), así como aquéllos que aún continúen en el goce del
referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación
comenzará a regir, a partir del mes inmediato posterior al cese
respectivo del subsidio en todos los casos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 30
de mayo de 2001.
LUIS HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 6 de junio de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
JUAN Ma. BOSCH.
ALBERTO BENSION.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.