Publicada D.O. 20 jun/001 - Nº
25786
Ley Nº 17.350
APRUEBASE EL ACUERDO DE COPRODUCCION
CINEMATOGRAFICA
ENTRE LA REPUBLICA Y LA REPUBLICA ARGENTINA, SUSCRITO
EN MONTEVIDEO, EN LA FECHA QUE SE DETERMINA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo de
Coproducción Cinematográfica entre la República y la República
Argentina, suscrito en Montevideo, el 18 de agosto de 1999.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
5 de junio de 2001.
LUIS HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 15 de junio de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.