Publicada D.O. 20 jun/001 - Nº
25786
Ley Nº 17.351
APRUEBASE EL ACUERDO SOBRE COMERCIO
Y COOPERACION
ECONOMICA ENTRE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
Y LA REPUBLICA DE BULGARIA, SUSCRITO EN LA CIUDAD
DE SOFIA, EN LA FECHA QUE SE DETERMINA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Acuerdo sobre
Comercio y Cooperación Económica entre la República Oriental
del Uruguay y la República de Bulgaria, suscrito en la ciudad de
Sofía, el 31 de agosto de 1998.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
5 de junio de 2001.
LUIS HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 15 de junio de 2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ALBERTO BENSION.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.