Publicada D.O. 21 ago/001 - Nº
25829
Ley Nº 17.381
APRUEBANSE LOS ESTATUTOS DEL CENTRO
INTERNACIONAL DE
ESTUDIOS PARA LA CONSERVACION Y LA RESTAURACION
DE BIENES CULTURALES (ICCROM), SUSCRITOS EN
LA FECHA QUE SE DETERMINA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébanse los Estatutos
del Centro Internacional de Estudios para la Conservación y la
Restauración de Bienes Culturales (ICCROM), suscritos el 21 de
octubre de 1993.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 17 de julio de 2001.
GUSTAVO PENADES,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 14 de agosto de
2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.