Publicada D.O. 21 ago/001 - Nº
25829
Ley Nº 17.382
APRUEBASE EL CONVENIO DE ASISTENCIA
JUDICIAL INTERNACIONAL
ENTRE LAS AUTORIDADES CENTRALES DE LA REPUBLICA ORIENTAL
DEL URUGUAY Y LA REPUBLICA DEL PARAGUAY, SUSCRITO EN
ASUNCION EN LA FECHA QUE SE DETERMINA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Convenio de
Asistencia Judicial Internacional entre las Autoridades
Centrales de la República Oriental del Uruguay y la República del
Paraguay, suscrito en Asunción el 11 de junio de 1996.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 17 de julio de 2001.
GUSTAVO PENADES,
Presidente.
Horacio d. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Montevideo, 14 de agosto de
2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.