Publicada D.O. 27 ago/001 - Nº
25833
Ley Nº 17.384
CONCEDESE UNA PENSION GRACIABLE
AL
SEÑOR WASHINGTON RODRIGUEZ
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Concédese una
pensión graciable, al señor Washington Rodríguez, equivalente a
cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2º.- La erogación
resultante, será atendida por Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
8 de agosto de 2001.
LUIS HIERRO LOPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO E ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de agosto de
2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
ANTONIO MERCADER.
ALBERTO BENSION.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.