Publicada D.O. 6 nov/001 - Nº
25882
Ley Nº 17.409
DESÍGNASE CON EL NOMBRE "FRANCISCO
ESPÍNOLA" EL TRAMO DE
LA RUTA NACIONAL Nº 23, COMPRENDIDO DESDE SU ORIGEN
EN LA RUTA Nº 11 HASTA LA LOCALIDAD
DE ISMAEL CORTINAS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Desígnase con el nombre "Francisco
Espínola", el tramo de la Ruta Nacional Nº 23, comprendida desde su
origen en la Ruta Nº 11 hasta la localidad de Ismael Cortinas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 10 de octubre de 2001.
GUSTAVO PENADÉS,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 26 de octubre de
2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
LUCIO CACERES.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.