Publicada D.O. 8 nov/001 - Nº
25884
Ley Nº 17.412
FACÚLTASE AL PODER EJECUTIVO, A
DISMINUIR LAS TASAS DEL
ICOME Y LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES A LA SEGURIDAD
SOCIAL DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS EN FORMA GENÉRICA
O PARA UNA O MÁS EMPRESA EN PARTICULAR CON EL
ALCANCE QUE SE DETERMINA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a partir del
1º de enero de 2002, a disminuir las tasas del ICOME y las
contribuciones especiales a la seguridad social de las empresas
públicas en forma genérica o para una o más empresas en
particular.
La reducción de las contribuciones a la seguridad social
alcanzará:
a)
para las
actividades industriales: el nivel establecido por el artículo 18 de la Ley
Nº 17.345, de 31 de mayo de 2001, para la industria
manufacturera privada
b)
para el
resto de las actividades: hasta igualar el nivel de aportes al
sector privado, correspondiente a cada actividad.
Artículo 2º.- Derógase el artículo 586 de la Ley
Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 18 de octubre de 2001.
GUSTAVO PENADÉS,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD
Montevideo, 1º de noviembre de
2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
GUILLERMO STIRLING.
DIDIER OPERTTI.
ALBERTO BENSION.
LUIS BREZZO.
ANTONIO MERCADER.
LUCIO CACERES.
SERGIO ABREU.
ALVARO ALONSO.
LUIS FRASCHINI.
GONZALO GONZALEZ.
ALFONSO VARELA.
LUIS Mª LEGLISE.
JAIME TROBO.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.