Publicada D.O. 8 ene/002 - Nº
25925
Ley Nº 17.441
VENEZUELA - URUGUAY
ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y
PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República
Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Venezuela
para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito
en Caracas el 20 de mayo de 1997.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 17 de diciembre de 2001.
GUSTAVO PENADÉS,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 28 de diciembre de
2001.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ALBERTO BENSIÓN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.