Ley 17441

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Publicada D.O. 8 ene/002 - Nº 25925 Ley Nº 17.441 VENEZUELA - URUGUAY ACUERDO PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Venezuela para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito en Caracas el 20 de mayo de 1997.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 17 de diciembre de 2001. GUSTAVO PENADÉS, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 28 de diciembre de 2001. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. DIDIER OPERTTI. ALBERTO BENSIÓN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.