Publicada D.O. 21 ene/002 - Nº
25934
Ley Nº 17.452
DECLÁRASE AL AÑO 2002 COMO "AÑO DE
LA EDUCACIÓN VIAL"
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase al
año 2002 como "Año de la Educación Vial".
Artículo 2º.- Decláranse de
interés nacional las actividades de difusión y actos académicos
sobre la problemática referida, con el objetivo de:
A)
Reducir el
número de accidentes de tránsito mediante actividades de educación
e información.
B)
Que la
seguridad vial sea un ámbito de respeto y solidaridad entre los
miembros de la comunidad, a través de la potenciación de la
sensibilidad y la reflexión de los ciudadanos.
Artículo 3º.- El Poder
Ejecutivo, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
coordinará las políticas a aplicar, así como los eventos a realizar
en forma conjunta con el Ministerio de Educación y Cultura, la
Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), y la Comisión
Nacional de Prevención y Control de Accidentes de Tránsito.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
26 de diciembre de 2001.
LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 10 de enero de 2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
LUCIO CACERES.
DANIEL BORRELLI.
ALBERTO BENSIÓN.
LUIS FRASCHINI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.