Publicada D.O. 18 mar/002 - Nº
25972
Ley Nº 17.457
CONCÉDESE UNA PENSIÓN GRACIABLE A LA
SEÑORA
IRIS RENÉE CRISCIO SOLER
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Concédese una
pensión graciable a la señora Iris Renée Criscio Soler, equivalente
a cuatro salarios mínimos nacionales.
Artículo 2º.- La erogación
resultante será atendida por Rentas Generales.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 19 de febrero de 2002.
GUSTAVO PENADÉS,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 7 de marzo de 2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
ANTÓNIO MERCADER.
ALBERTO BENSIÓN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.