Ley 17457

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Publicada D.O. 18 mar/002 - Nº 25972 Ley Nº 17.457 CONCÉDESE UNA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA IRIS RENÉE CRISCIO SOLER El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Concédese una pensión graciable a la señora Iris Renée Criscio Soler, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales. Artículo 2º.- La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 19 de febrero de 2002. GUSTAVO PENADÉS, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 7 de marzo de 2002. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. ANTÓNIO MERCADER. ALBERTO BENSIÓN. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.