Publicada D.O. 27 may/002 - Nº
26015
Ley Nº 17.484
AMPLÍASE LA PARTICIPACIÓN DE
EFECTIVOS DEL EJÉRCITO NACIONAL EN LA OPERACIÓN DE MANTENIMIENTO DE
LA PAZ DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN LA REPÚBLICA
DEL CONGO, DESPLEGADA
A PARTIR DE LA FECHA QUE SE DETERMINA Y
AUTORIZADA POR LEY 17.299
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Amplíase la participación de efectivos
del Ejército Nacional en la Operación de Mantenimiento de la Paz de
la Organización de las Naciones Unidas en la República del Congo,
desplegada a partir del 8 de marzo de 2001 y autorizada por
Ley Nº 17.299, de 16 de marzo de 2001, según el
siguiente detalle:
- Una Sub-Unidad de Fusileros Mecanizada de 5 Personal Superior
y 136 Personal Subalterno.
- Dos Sub-Unidades de Fusileros Motorizada de 5 Personal
Superior y 111 Personal Subalterno cada una.
- Medios de Apoyo Logístico para estas Unidades de 9 Personal
Superior y 130 Personal Subalterno.
- Una Unidad Médica Nivel 1 de 3 Personal Superior y 7 Personal
Subalterno.
- Una Sección de Policía Militar de 1 Personal Superior y 9
Personal Subalterno.
- Una Unidad de Transbordo Fluvial de 8 Personal Subalterno.
- Total: 540 hombres.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de mayo de 2002.
GUILLERMO ÁLVAREZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 22 de mayo de 2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
ROBERTO YAVARONE.
GUILLERMO STIRLING.
DIDIER OPERTTI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.