Publicada D.O. 5 jul/002 - Nº
26043
Ley Nº 17.512
PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN
INTERAMERICANA
SOBRE RECEPCIÓN DE PRUEBAS EN EL EXTRANJERO
APRUÉBASE EN LA TERCERA CONFERENCIA
ESPECIALIZADA INTERAMERICANA
SOBRE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Protocolo Adicional a la Convención
Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero,
suscrita por la República en la Tercera Conferencia Especializada
Interamericana sobre Derecho Internacional Privado, que tuviera
lugar en La Paz, del 15 al 24 de mayo de 1984.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 12 de junio de 2002.
GUILLERMO ÁLVAREZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 27 de junio de 2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ANTONIO MERCADER.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.