Publicada D.O. 16 set/002 - Nº
26093
Ley Nº 17.553
FACÚLTASE AL MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL A
EXTENDER LA COBERTURA DEL SEGURO POR DESEMPLEO DE
LOS TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS HISUD SOCIEDAD
ANÓNIMA Y FIBRATEX SOCIEDAD ANÓNIMA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Facúltase al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un
plazo de 120 (ciento veinte) días, la cobertura del Seguro por
Desempleo de los trabajadores de las empresas Hisud Sociedad
Anónima y Fibratex Sociedad Anónima, afectados por la situación de
las referidas empresas, en los términos y condiciones que
establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los
beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de
dichas empresas.
Artículo 2º.- La ampliación
del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud
de las facultades que se conceden en el artículo anterior,
alcanzará a todos los trabajadores que hayan agotado el plazo
máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto
de 1981), así como aquéllos que aún continúen en el goce del
referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación
comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al ceso
respectivo del subsidio en todos los casos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 28 de agosto de 2002.
GUILLERMO ÁLVAREZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 11 de setiembre de
2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
ÁLVARO ALONSO.
ALEJANDRO ATCHUGARRY.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.