Ley 17553

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Publicada D.O. 16 set/002 - Nº 26093 Ley Nº 17.553 FACÚLTASE AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A EXTENDER LA COBERTURA DEL SEGURO POR DESEMPLEO DE LOS TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS HISUD SOCIEDAD ANÓNIMA Y FIBRATEX SOCIEDAD ANÓNIMA El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un plazo de 120 (ciento veinte) días, la cobertura del Seguro por Desempleo de los trabajadores de las empresas Hisud Sociedad Anónima y Fibratex Sociedad Anónima, afectados por la situación de las referidas empresas, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de dichas empresas. Artículo 2º.- La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a todos los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981), así como aquéllos que aún continúen en el goce del referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al ceso respectivo del subsidio en todos los casos.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 28 de agosto de 2002. GUILLERMO ÁLVAREZ, Presidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 11 de setiembre de 2002. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. ÁLVARO ALONSO. ALEJANDRO ATCHUGARRY. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.