Ley 17557

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Publicada D.O. 24 set/002 - Nº 26099 Ley Nº 17.557 DÍA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE LA BALLENA FRANCA AUSTRAL Se declara el primer viernes del mes de octubre de cada año El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo Único.- Declárase el primer viernes de octubre de cada año, como "Día Nacional de Protección de la Ballena Franca Austral", con el objeto de fomentar acciones tendientes a la preservación de esta especie.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 10 de setiembre de 2002. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario. MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE  MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA   MINISTERIO DE TURISMO Montevideo, 19 de setiembre de 2002. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. CARLOS CAT. ANTONIO MERCADER. JUAN BORDABERRY Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.