Ley 17567

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Publicada D.O. 29 oct/002 - Nº 26124 Ley Nº 17.567 COMBUSTIBLES ALTERNATIVOS, RENOVABLES Y SUSTITUTIVOS DE LOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO ELABORADOS CON MATERIA PRIMA NACIONAL DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL SE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL SU PRODUCCIÓN El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Declárese de interés nacional la producción en todo el territorio del país, de combustibles alternativos, renovables y sustitutivos de los derivados del petróleo, elaborados con materia nacional de origen animal o vegetal. Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería, del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, junto a representantes de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, analizará la viabilidad, los requerimientos, exigencias y el régimen jurídico aplicable para el desarrollo de la producción, distribución y el consumo de biodiesel en nuestro país. Artículo 3º.- Se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar total o parcialmente, de todo tributo que grave a los combustibles derivados del petróleo, al cien por ciento (100%) del combustible alternativo elaborado por derivados de materia prima nacional de origen animal o vegetal.     Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 1º de octubre de 2002. DANIEL BIANCHI, 1er. Vicepresidente. Horacio D. Catalurda, Secretario. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA   MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA    MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Montevideo, 20 de octubre de 2002. Habiendo expirado el plazo previsto en la Constitución de la República y de conformidad con lo establecido por su artículo 144 cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. ALEJANDRO ATCHUGARRY, SERGIO ABREU, MARTÍN AGUIRREZABALA, CARLOS CAT. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.