Publicada D.O. 26 nov/002 - Nº
26144
Ley Nº 17.587
DECLÁRASE VILLA EL CENTRO POBLADO
DENOMINADO JUANICÓ,
UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE CANELONES
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase villa el centro poblado
denominado Juanicó, ubicado en la 1ra. Sección Judicial del
departamento de Canelones.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
13 de noviembre de 2002.
LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
Montevideo, 19 de noviembre de
2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
HIERRO LÓPEZ.
SAÚL IRURETA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.