Publicada D.O. 18 dic/002 - Nº
26160
Ley Nº 17.594
TRABAJADORES DE LA EMPRESA
FUNSA-TITÁN
AMPLIACIÓN DEL PLAZO QUE DETERMINA
EL BENEFICIO DE SEGURO POR DESEMPLEO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Facúltase al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un
plazo de noventa días, la cobertura del seguro por desempleo de los
trabajadores de la empresa Funsa-Titán, afectados por la situación
de la referida empresa, en los términos y condiciones que
establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los
beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de
dicha empresa.
Artículo 2º.- La ampliación
del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud
de las facultades que se conceden en el artículo anterior,
alcanzará a todos los trabajadores que hayan agotado el plazo
máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto- Ley
Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981), así como aquellos que aún
continúen en el goce del referido beneficio. La ampliación del
plazo de la prestación comenzará a regir, a partir del mes
inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los
casos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
3 de diciembre de 2002.
LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 9 de diciembre de
2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
SANTIAGO PÉREZ DEL CASTILLO.
ALEJANDRO ATCHUGARRY.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.