Publicada D.O. 3 ene/003 - Nº
26170
Ley Nº 17.610
EJÉRCITO NACIONAL
AUTORÍZASE LA SALIDA DEL PAÍS DE
EFECTIVOS AMPLIÁNDOSE LA PARTICIPACIÓN DE DICHA FUERZA EN LA
REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Autorízase la salida del país de
efectivos del Ejército Nacional, ampliándose la participación de
dicha Fuerza en la Operación de Mantenimiento de la Paz de la
Organización de las Naciones Unidas en la República Democrática del
Congo, desplegada a partir del 8 de marzo de 2001, autorizada por
la Ley Nº 17.299,
de 16 de marzo de 2001, y ampliada por la Ley Nº 17.484, de 22 de
mayo de 2002, según el siguiente detalle:
-
Comando de
Batallón de 5 (cinco) Personal Superior y 6 (seis) Personal
Subalterno.
-
Un Tren
Logístico de Compañía Mecanizada de 2 (dos) Personal Superior y 48
(cuarenta y ocho) Personal Subalterno.
-
Un Tren
Logístico de Compañía Motorizada de 2 (dos) Personal Superior y 45
(cuarenta y cinco) Personal Subalterno.
-
Un Equipo
de Desminado Humanitario de 1 (un) Personal Superior y 5 (cinco)
Personal Subalterno.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 17 de diciembre de 2002.
GUILLERMO ÁLVAREZ,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 24 de diciembre de
2002.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
YAMANDÚ FAU.
GUILLERMO STIRLING.
DIDIER OPERTTI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.