Publicada D.O. 20 may/003 - Nº
26258
Ley Nº 17.632
JUAN LACAZE
SE DECLARA EN ESA CIUDAD FERIADO NO
LABORABLE EL DÍA 9 DE MAYO DE 2003
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase
feriado no laborable para la ciudad de Juan Lacaze, ubicada en la
14a. Sección Judicial del departamento de Colonia, el día 9 de mayo
de 2003, con motivo de conmemorarse los cincuenta años de su
consagración como ciudad.
Artículo 2º.- Otórgase goce
de licencia pagada durante la fecha indicada en el artículo 1º, a
los trabajadores de la actividad pública y privada, nacidos o
radicados en la ciudad de Juan Lacaze.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 7 de mayo de 2003.
JORGE CHÁPPER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD
Montevideo, 8 de mayo de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
GUILLERMO STIRLING.
GUILLERMO VALLES.
ALEJANDRO ATCHUGARRY.
YAMANDÚ FAU.
LEONARDO GUZMÁN.
JUAN LUIS AGUERRE.
JUAN BORDABERRY.
SANTIAGO PÉREZ DEL CASTILLO.
CONRADO BONILLA.
MARTÍN AGUIRREZABALA.
SAÚL IRURETA
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.