Publicada D.O. 30 jul/003 - Nº
26307
Ley Nº 17.674
ITALIA - URUGUAY
ACUERDO DE COPRODUCCIÓN
CINEMATROGRÁFICA
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Coproducción Cinematográfica
entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el
Gobierno de la República Italiana, suscrito en Montevideo, el 13 de
marzo de 2001.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 8 de julio de 2003.
JORGE CHÁPPER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 22 de julio de 2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
GUILLERMO STIRLING.
LEONARDO GUZMÁN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.