Publicada D.O. 4 nov/003 - Nº
26375
Ley Nº 17.704
TERRORISMO
CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA
REPRESIÓN DE SU FINANCIACIÓN
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el "Convenio Internacional para la Represión de la
Financiación del Terrorismo" adoptado el 9 de diciembre de 1999
en la ciudad de Nueva York, en oportunidad de celebrarse el 54º
Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones
Unidas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
15 de octubre de 2003.
ALEJANDRO ATCHUGARRY,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 27 de octubre de
2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
GUILLERMO VALLES.
GUILLERMO STIRLING.
ISAAC ALFIE.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.