Publicada D.O. 7 ene/004 - Nº
26418
Ley Nº 17.727
DÍA DE LA ANTÁRTIDA
SE ESTABLECE QUE SE CELEBRARÁ EL DÍA
7 DE OCTUBRE DE CADA AÑO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Sustitúyese el artículo 1º de la
Ley Nº 15.918, de
10 de diciembre de 1987, el cual quedará redactado de la siguiente
manera:
"Artículo 1º.- Establécese el 'Día de la Antártida', que se
celebrará el 7 de octubre de cada año".
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de diciembre de 2003.
JORGE CHÁPPER,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 26 de diciembre de
2003.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE
YAMANDÚ FAU.
GUILLERMO VALLES.
LEONARDO GUZMÁN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.