Publicada D.O. 13 abr/004 - Nº
26480
Ley Nº 17.752
DÍA DE RECORDACIÓN DE LOS MÁRTIRES
ARMENIOS
DECLÁRASE EL DÍA 24 DE ABRIL DE CADA
AÑO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Declárase el
día 24 de abril como "Día de recordación de los mártires armenios"
en homenaje de los integrantes de esa nacionalidad asesinados en
1915.
Artículo 2º.- Las emisoras
del Servicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y Espectáculos,
tanto radiales como televisivas, deberán en esa fecha destinar
parte de su programación a la recordación de dichos sucesos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 10 de marzo de 2004.
JOSÉ AMORÍN BATLLE,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 26 de marzo de 2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
LEONARDO GUZMÁN.
DIDIER OPERTTI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.