Publicada D.O.30 abr/004 - Nº
26492
Ley Nº 17.757
RUTA DE LOS CHARRÚAS
SE DESIGNA ASÍ A LA RUTA NACIONAL Nº
9 Y SU CONTINUACIÓN HACIA EL ESTE
SOBRE LA CUCHILLA DE HAEDO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Desígnase "Ruta de los Charrúas" la Ruta
Nacional Nº 90 y su continuación hacia el este sobre la Cuchilla de
Haedo (Caminos Departamentales Nº 69.1, tramo Guichón a Piñera;
Nº 69.2, tramo Piñera a Merinos; Nº 69.3, tramo Merinos a Morató;
Nº 78, tramo Morató-Tiatucura-Salsipuedes y su continuación hasta
Ruta Nacional Nº 5, Brigadier General Fructuoso Rivera).
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
14 de abril de 2004.
LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 23 de abril de 2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
LUCIO CÁCERES.
LEONARDO GUZMÁN.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.