Ley 17783

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Publicada D.O. 15 jun/004 - Nº 26523 Ley Nº 17.783 ITALIA - URUGUAY MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO REFERIDO AL OTORGAMIENTO DE UNA AYUDA FINANCIERA A NUESTRO PAÍS El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN: Artículo 1º.- Apruébase el Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República Italiana, referido al otorgamiento a nuestra República de una ayuda financiera de ¬  20:000.000 ( veinte millones euros), suscrito en la ciudad de Milán (República Italiana), el 16 de octubre de 2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Economía y Finanzas definirá con el Banco italiano "Medio Credito Centrale S.p.A." los aspectos financieros de ejecución del programa, en el marco de los términos y condiciones estipulados en el memorándum de entendimiento.     Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1º de junio de 2004. LUIS HIERRO LÓPEZ, Presidente. Mario Farachio, Secretario. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Montevideo, 9 de junio de 2004. Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos. BATLLE. ISAAC ALFIE. DIDIER OPERTTI. Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.