Publicada D.O. 17 feb/005 - Nº
26693
Ley Nº 17.855
MERCOSUR
PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE
COMERCIO DE SERVICIOS Y SUS ANEXOS
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Montevideo sobre el Comercio de
Servicios del Mercado Común del Sur, suscrito el 15 de diciembre de
1997, en la ciudad de Montevideo, y sus Anexos aprobados por Decisión Nº 9/98 del Consejo del
Mercado Común del MERCOSUR, en su reunión de 23 y 24 de julio de
1998.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
8 de diciembre de 2004.
ALEJANDRO ATCHUGARRY,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO
AMBIENTE
MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD
Montevideo, 20 de diciembre de
2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ALEJO FERNÁNDEZ.
ALVARO ROSSA.
YAMANDÚ FAÚ.
JOSÉ AMORÍN.
GABRIEL PAIS.
JOSÉ VILLAR.
SANTIAGO PÉREZ DEL CASTILLO.
CONRADO BONILLA.
MARTÍN AGUIRREZABALA.
JUAN BORDABERRY.
SAÚL IRURETA.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.