Publicada D.O. 3 ene/005 - Nº
26663
Ley Nº 17.860
OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA
PAZ DE LA ONU
EN LA REPÚBLICA DE HAITÍ
SE INCREMENTA EL CONTINGENTE MILITAR
AUTORIZADO
El Senado y la Cámara de
Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en
Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Increméntase el número de efectivos
integrantes del Contingente Militar autorizado a salir del
territorio nacional por Ley Nº 17.785, de 22 de junio de 2004, a efectos de
participar en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la
Organización de Naciones Unidas en la República de Haití, conforme
al siguiente detalle:
Una Sub-Unidad de Infantería integrada por 5 (cinco) efectivos
integrantes de Personal Superior y 151 (ciento cincuenta y uno)
efectivos integrantes de Personal Subalterno.
Medios de Apoyo Logístico y Sanitarios, integrados por 4
(cuatro) efectivos integrantes de Personal Superior y 40 (cuarenta)
efectivos integrantes de Personal Subalterno.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 15 de diciembre de 2004.
ALVARO ALONSO,
1er. Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 28 de diciembre de
2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
YAMANDÚ FAU.
ALEJO FERNÁNDEZ.
DIDIER OPERTTI.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.